Desestropiciando

Arroyo en los Alpes

Que sepan, por favor, las autoridades competentes en materia de asuntos sociales y demás jerigonzas que, todas aquellas comunidades autónomas que han regulado la asistencia personal para mejorarla mediante su propia normativa (Decreto, Orden, o algo así), que lo hacen en contra de la Junta de Andalucía, en cuya Consejería de Inclusión Social, Familias, Infancia e Igualdad, se dice ahora que desde aquí pensamos (porque somos más inteligentes que nadie) que la asistencia personal es competencia del estado únicamente y que las comunidades autónomas no deben entrar en ese asunto.

Así se desprende de los hechos, o falta de ellos, acaecidos en nuestra comunidad frente a las que han legislado para intentar modificar y mejorar la asistencia personal. Entre esas regiones, se cuentan: La Comunidad Valenciana, Cataluña, el País Vasco, Comunidad Foral de Navarra, Castilla y León y Galicia. Todos estos territorios españoles deberían seguir el ejemplo de Andalucía y tomar medidas para contrarrestar y eliminar todo atisbo de legislación a este respecto. Suerte tienen de que Andalucía sea benévola con ellas y no litigue contra ellas. El lugar adecuado para las personas con necesidad del apoyo humano de la asistencia personal debería ser algún centro institucionalizado, alguna ayuda a domicilio, o la esclavización de algún miembro de su familia o alrededores.

Digo esto a pesar de que hay legislación que opine lo contrario, como lo que señala el estatuto de Andalucía reformado:

Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Artículo 61. Servicios sociales, voluntariado, menores y familias.

  1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de servicios sociales, que en todo caso incluye:
  2. a) La regulación, ordenación y gestión de servicios sociales, las prestaciones técnicas y las prestaciones económicas con finalidad asistencial o complementarias de otros sistemas de protección pública.
  3. b) La regulación y la aprobación de planes y programas específicos dirigidos a personas y colectivos en situación de necesidad social.

Por la fecha se puede ver que es de un rojerío insoportable de cuando gobernaba el país el traidor Zapatero. Y a pesar de este otro texto legal a favor del que votó el Partido Popular en su día porque no era cuestión de quedarse solo en el Parlamento Andaluz:

Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

Artículo 38. Asistencia personal.

  1. Se reconoce el derecho de las personas con discapacidad en situación de dependencia a la asistencia personal para llevar una vida independiente incluida en la comunidad y en igualdad de oportunidades con el resto de la población.
  2. Para garantizar el ejercicio de este derecho se regularán las condiciones autonómicas de acceso a la prestación de asistencia personal prevista en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
  3. La Consejería competente en materia de servicios sociales promoverá el desarrollo de programas de servicios de asistencia personal.

A pesar de leyes nacionales y autonómicas muy muy rojas como la sangre, el Partido Popular se ha sobrepuesto a ellas, y la opinión que ahora triunfa en nuestro territorio, impera sobre los dictados de nuestro estado de derecho.

Animamos, pues, a los demás territorios, a no legislar a favor de la asistencia personal, y a construir centros de reclusión y segregación de las personas discapacitadas, o a fortalecer servicios de ayuda a domicilio, para que se queden contentos y limpitos en su domicilio o el de quien los acoja. Que la ciudadanía tenga claro que, donde gobierne el Partido Popular, siempre se llevarán a cabo políticas de “ordeno y mando”, y que salga el sol por Antequera.

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