Hay personas que piensan que, desde múltiples lugares entre otros mi pupitre, no se les da la importancia debida a las palabras. Basta citar el comienzo del evangelio según San Juan, que suscribiría si creyera que el mundo fue creado en 7 días y por la divinidad, para que se sepa que se tiene en cuenta desde aquí esa enorme preponderancia. Veamos esas palabras: “1. En el principio existía el Verbo, y el Verbo estaba junto a Dios, y el Verbo era Dios. 2. Él estaba en el principio junto a Dios. 3. Por medio de él se hizo todo, y sin él no se hizo nada de cuanto se ha hecho. 4. En él estaba la vida, y la vida era la luz de los hombres.”
Se sea creyente en “lo cristiano” o no, lo evidente es que hace ya unos 2000 años, en este ejemplo le daban una importancia excepcional al poder de las palabras, y no voy a ser yo quien se la quite. Entre otros motivos porque creo que el lenguaje es bastante poderoso. Sin embargo, resulta que también defiendo que hay cosas tremendamente importantes sobre las que ni se discute ni se actúa de forma tangible, y de ese modo dejamos que prevalezca lo importante y no lo imprescindible.
Si a mí me sobrara el tiempo le dedicaría a lo mejor toda una tesis doctoral y lo que hiciera falta al asunto de si lo correcto es decir personas discapacitadas, personas con discapacidad, personas con la etiqueta, personas discriminadas por su diversidad funcional, personas denominadas por la discapacidad, anormales, subnormales, personas con el diagnóstico este o aquel. Pero resulta que no me sobra el tiempo, aunque tengo “parabilidad”, bueno, estoy parado (era una pequeña broma); porque necesito horas de apoyo suficientes y no me las puedo permitir porque las debería pagar a través de la autoridad competente y ésta no me da la cantidad lo suficiente ni se cumplen las condiciones adecuadas; porque necesito que el día tenga una extensión de 50 horas, pero sólo dura 24; porque necesito que la vida se alargue durante 150 años, pero solo dura 70 o 90 (si llego).
Pero para algunas personas este asunto es imprescindible hasta tal punto que no pueden dar un paso más allá hasta conseguir algo tangible como una vivienda o los apoyos que toda persona necesita si no resuelven antes el asunto de nuestra denominación. O a lo mejor pueden hacer varias cosas a la vez. Dicho esto, aunque yo sepa de antemano que mis letras serán inútiles para convencer a estas personas (entre otras razones porque somos demasiado soberbios para dar nuestro brazo a torcer, también por mi enrevesado lenguaje y especialmente porque no hay una única solución al problema) voy a añadir un par de letras más para avivar un fuego que no necesita mucha ayuda para que sus llamas lo devoren todo.
En el pasado, he escrito sobre este asunto un par de entradas en algún otro blog. Obviamente han sido una pérdida de tiempo, porque mis propias ideas han ido cambiando conforme el tiempo pasaba y si alguien ha leído esos escritos alguna vez no los ha entendido, no los ha compartido o le han traído al pairo. Ha habido, y seguro que habrá momentos en que considere imprescindible aclarar ese asunto antes de seguir adelante con esta tarea que se me antoja inabarcable. Por tanto, y con todo respeto, repito que intentaré avivar esas llamas a sabiendas de que mis palabras caerán en saco roto.
¿Con qué nos quedamos, con la definición de discapacidad que hace la academia española o la que por ley recoge la Convención, o la que por ley recoge esta ley, o la que por ley recoge la otra ley, o la que por ley recoge la ley de más allá? Pondré algunas de ellas para que nos quedemos con la que más nos guste.
Según el diccionario de la Real Academia, la discapacidad es “1. f. Situación de la persona que, por sus condiciones físicas, sensoriales, intelectuales o mentales duraderas, encuentra dificultades para su participación e inclusión social”. Esta definición se limita al aspecto individual y personal del ser humano, olvidando el factor social que, indudablemente, posee la discapacidad. Es decir, las personas que creemos más en el modelo social de la discapacidad, no negamos que tenemos una condición limitante física o mental (enfermedad, lesión, síndrome, trastorno, o llámese como se quiera), pero lo que principalmente nos hace discapacitados son las barreras y dificultades, externas a nosotros que a cada paso nos encontramos, y que dificultan o impiden nuestra inclusión social, como indica en su artículo 29 la Declaración Universal de la ONU sobre los derechos humanos, de 1948, que nos indica nuestra obligación social o comunitaria y que debe ser cumplida estando en ella:
29.1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
Por otro lado, la definición del diccionario de la RAE, dice que “discapacidad” es un calco del inglés, y yo tengo un problema para entender entonces la diferencia entre que sea un calco o que sea una traducción de las de toda la vida. Sinceramente no entiendo la diferencia y creo que ahí nuestro diccionario se ha quedado tan pancho. De haber sido un calco, entiendo que debería ser algo parecido a “deshabilitar”, pero no soy académico.
Mientras tanto, el preámbulo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, la describe así:
- e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Además, el Artículo 1 señala que:
Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Tal y como está redactado, “puedan impedir” se puede referir a las barreras, a las deficiencias, a las propias “personas con discapacidad”, a todas ellas, o a combinaciones de las mismas. No queda claro lo que son las personas con discapacidad.
En su día, la gente se reía de Julio Anguita por emplear la palabra “anacoluto”, yo creo que por la ignorancia popular. Pero lo que yo piense puede tener “desechabilidad”, o ser desechable, y que nadie se sienta ofendido por esta tontería. La ignorancia generalizada de la peña me lleva a poner aquí aun otra definición:
El Anacoluto (o Solecismo) es una figura retórica que consiste en dejar una palabra o grupo de palabras sin concordancia con el resto de la frase.
No veo que la cagada del artículo 1 de la Convención de los discapacitados sea exactamente un anacoluto, pero es lo más parecido que se me ocurre. Quizá ahí halla uno una incongruencia inexplicable, o a lo mejor resulta que soy demasiado torpe como para discernir el significado de esa definición, o puede simplemente ser que ella esté mal y, por tanto, no haya manera de hallar un significado coherente a lo que dice.
En consonancia con la ambigüedad de la definición que de nosotros da la Convención, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. establece que:
Artículo 4.1. Son personas con discapacidad aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Definición igualmente mala de un grupo muy numeroso de personas. Casi un copia y pega de lo establecido en la Convención.
Un ejemplo claro y demasiado frecuente de nuestra típica y tópica pereza se encuentra con más fuerza todavía en la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía cuando apunta en su artículo 2. 2. (Que) “Se consideran personas con discapacidad las definidas en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre”.
Vamos ahora a la manera en que el diccionario de la Real Academia Española define el prefijo “dis-”: Cierto es que la traducción en el diccionario de la Real Academia indica negación o contrariedad. Discordancia, disculpa, disconformidad. También es cierto que la traducción de dis- en inglés a su equivalente español es des-, que se traduce así: 1. pref. Denota negación o inversión del significado de la palabra simple a la que va antepuesto. Desconfiar, deshacer.
- pref. Indica privación. Desabejar.
Es importante en estos casos fijarse también en las palabras que utiliza de ejemplo. Para desconfiar de algo, antes tienes que haber confiado en ello. Lo mismo sucede con deshacer: la cosa tiene que estar hecha y requiere un acto para que deje de estarlo. ¿Y qué se puede decir de desabejar, que significa privar a un sitio de sus abejas, quitarlas de ahí?
Pues bien, discapacitar debe considerarse como que se quita la capacidad o la habilidad presente o potencial que la persona discapacitada tiene o tenía o podía llegar a tener. Además, todo verbo, a no ser que sea defectivo, tiene infinitivo, gerundio y participio pasado; aparte de las formas personales.
Se hace necesario entonces subrayar que, en muchas ocasiones, el prefijo en inglés dis-, se traduce al español como des-. También es de destacar que no queda clara la definición de “personas con discapacidad” pareciendo incorrecta o ambigua tanto en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad como en la legislación española y regional. Por otro lado, no se aprecia que un supuesto y existente verbo discapacitar fuera defectivo, con lo que no habría motivo aparente para sentirse ofendido por el uso de su participio pasado discapacitado. A falta de clarificación de estos puntos, se debe aceptar la utilización de discapacitados sin dejarla de lado, teniendo en cuenta que lo ideal sería usar personas deshabilitadas, lo cual se evita para no tener que dar más explicaciones al respecto. Además de negación como ocurre con disgustar, involucra también la inversión de un proceso anterior según un estudio de la Universidad De Santiago en Chile. Este estudio insiste en la relación entre los dos prefijos al decir: Solapado muchas veces con su variante des-, este prefijo no resulta del todo transparente en el valor aportado a su base léxica.
Lo que no es aceptable de ningún modo es ver que una persona dice de otra que es una “traidora” por utilizar “persona con discapacidad”. Eso me parece una memez absoluta.